lunes, 7 de julio de 2014

Las Formas Jurídicas de las Organizaciones

Las Personas Naturales o Físicas:


Según el Código Civil Argentino, son personas naturales todos aquello seres humanos  nacidos vivos, que siendo sujetos de derecho, pueden contraer obligaciones y ejercer sus derechos. Por ejemplo si nuestro vecino Jorge Pérez decide comprar un automóvil, pues podrá ir a un concesionario y firmar identificándose con su documento podrá firmar los papeles que sean necesarios para hacerse dueño de el auto de su elección.




Las Personas Jurídicas:
Son personas ideales que pueden contraer obligaciones y ejercer derechos al igual que una persona física. requieren constituirse de determinada manera para que sus actos tengan la validez que pretenden. por ejemplo, nuestro vecino Jorge y otro vecino llamado Isaías, deciden formar una sociedad, al constituirla siguiendo todos los requisitos exigidos por la ley argentina, esa sociedad adquirirá la forma de persona jurídica, y si esa persona jurídica o ideal, decidiera comprar un automóvil, podrá enviar a un representante legal a hacer la adquisición a su  nombre y responsabilidad.

0 comentarios:

Publicar un comentario

Suscribirse a Enviar comentarios [Atom]

<< Inicio